Actualidad / Sala de Prensa

28/11/2014

El sector papelero mejora su competitividad con la modificación del impuesto especial sobre electricidad

ASPAPEL valora positivamente la medida que hoy se publica en el BOE, dentro del paquete de la reforma fiscal

• La práctica totalidad del sector papelero mejora su competitividad con la nueva medida, que va en la dirección de priorizar la reindustrialización.
• La medida ayudará a paliar en alrededor de un 10% el impacto de la reforma eléctrica en el sector, impacto estimado en unos 170 millones de euros.
• La normativa europea sobre imposición eléctrica recoge la posibilidad de aplicar este tipo de exenciones totales o parciales para mantener la competitividad de la industria europea en el contexto internacional.
• El coste de la energía en el sector (incluyendo tanto la electricidad como el resto de los costes energéticos) supera el 15% de los costes totales y es el ser o no ser de la industria papelera, que exporta más de la mitad de su producción (49% del papel y 62% de la celulosa) a mercados altamente competitivos.

ASPAPEL (Asociación Española de Fabricantes de Pasta, Papel y Cartón) valora positivamente la modificación del impuesto especial sobre electricidad que hoy se publica en el BOE y que supone una mejora de la competitividad para un sector como el papelero, eficiente pero intensivo en energía. Esta modificación, que entrará en vigor el 1 de enero de 2015, permitirá a la casi totalidad de la industria papelera española obtener una exención del 85% en el pago de este impuesto que grava la compra de electricidad. La medida ayudará a paliar en alrededor de un 10% el impacto que la reforma eléctrica aprobada el pasado año generó en el sector, impacto que se estima en unos 170 millones de euros.

Según Carlos Reinoso, director general de ASPAPEL, “la inclusión de esta medida en el marco de la reforma fiscal impulsada por el Ministerio de Hacienda va en la buena dirección de priorizar la reindustrialización, en sintonía con la agenda para el fortalecimiento del sector industrial liderada por el Ministerio de Industria”.

“La industria papelera –añade Reinoso- es un sector sólido y estable, con gran capacidad exportadora, un sector clave para la reindustrialización de nuestro país”.

La medida supone una reducción del 85% en la base imponible del impuesto especial sobre la electricidad para actividades industriales cuyas compras o consumo de electricidad representen al menos el 5% por ciento del valor de la producción. Las “compras o consumo de electricidad” incluyen el coste real de la energía eléctrica adquirida o consumida, incluidos todos los impuestos, con la excepción del IVA deducible. Y el “valor de la producción” está constituido por la cifra de negocio, a la que se suma la variación de existencias, de productos en curso y de productos terminados.

Durante la tramitación de la Ley que modifica el IVA, los impuestos especiales y otras normas fiscales, se introdujo en el Congreso una enmienda que contemplaba esta exención parcial del impuesto para las industrias con un uso intensivo de electricidad colocando el umbral en el 6%. La enmienda fue luego perfeccionada en el Senado, rebajando el umbral al 5%, lo que en el sector papelero supone una mejora de la competitividad para la casi totalidad de las empresas.

Las necesidades energéticas de la industria del papel son básicamente electricidad para mover la maquinaria y vapor para secar la celulosa y el papel. El coste de esa energía (incluyendo tanto la electricidad como el resto de los costes energéticos) con frecuencia supera el 15% de los costes totales. Por lo tanto, los costes energético son el ser o no ser de la industria papelera, que exporta más de la mitad de su producción (49% del papel y 62% de la celulosa) a mercados altamente competitivos.

Como se afirma en el preámbulo de la nueva Ley que modifica el IVA, los impuestos especiales y otras normas fiscales, esta revisión del impuesto sobre la electricidad se realiza al amparo de lo establecido en la Directiva europea de imposición de los productos energéticos y la electricidad (Directiva 2003/96/CE del Consejo, de 27 de octubre) y con el objetivo de mantener la competitividad de aquellas actividades industriales que son intensivas en el uso de electricidad.

De hecho, la directiva recoge la posibilidad de aplicar este tipo de exenciones totales o parciales para mantener la competitividad de la industria europea en el contexto internacional.

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